martes, 16 de agosto de 2011

Compañero Cacho Scarpati, Presente!


“Unidos podemos construir junto a Cristina y Daniel un San Isidro para todos”


En primer lugar quisiera agradecer a los vecinos que el pasado domingo decidieron acompañar ampliamente con su voto a todos los candidatos que participamos en las elecciones internas del Frente para la Victoria de San Isidro convirtiéndonos en la principal fuerza política de oposición del distrito que cuenta con un proyecto serio y alternativo de gobierno municipal al del possimo. Quiero además felicitar a cada uno de mis compañeras y compañeros que con su trabajo, fuerza y convicción militante recorriendo, casa por casa cada barrio y localidad del distrito, hicieron posible este gran triunfo obtenido por la lista oficial 2 que tuve el honor de compartir con ellos.
Una vez más como lo hicieran en el año 2009 los vecinos revalidaron su confianza en este equipo de trabajo que desde el 2008 en la conducción del Partido Justicialista y el FPV sanisidrense viene generando un proceso de renovación y de apertura a la participación política del conjunto de la comunidad, otorgándonos nuevamente la responsabilidad de representar en San Isidro en las elecciones del 23 de Octubre del presente año a este Proyecto de transformación nacional y provincial en marcha que continuarán realizando en la Argentina durante los próximos cuatro años la compañera presidenta Cristina Fernández de Kirchner y el compañero gobernador Daniel Scioli.
Tenemos un gran desafío por delante en octubre en procura de gobernar San Isidro a partir del 10 de diciembre que necesita de la voluntad y el compromiso político de todos los que militamos este impresionante proyecto de transformación de la realidad puesto en marcha en el 2003 por nuestro querido compañero Néstor Kirchner. El 14 de Agosto expresa el triunfo de todos los que luchamos y trabajamos cotidianamente en la profundización del proyecto nacional y provincial que ha generado el mejoramiento de la calidad de vida de nuestros vecinos más importante de los últimos 40 años en San Isidro, a través de la realización de obras públicas como el Plan Federal de Viviendas, Urbanización de Barrios de Emergencia, cloacas, desagües pluviales, el túnel de Boulogne y el de la 4 barreras, como así también, de políticas sociales en los sectores más vulnerables del distrito como la asignación universal por hijo y embarazada, la igualdad de oportunidades para los jóvenes con el Programa Conectar, la incorporación laboral y la inclusión previsional de miles de jubilados sanisidrense.
Por eso queremos convocar a todos los vecinos y compañeros que participaron en la interna del FPV y que abrazan esta causa histórica el próximo 23 de octubre, a ser parte y protagonistas del cambio que se avecina. Unidos podemos construir junto a Cristina y Daniel un San Isidro para todos con más Integración, Participación Ciudadana y Justicia Social.

SANTIAGO CAFIERO
Candidato a Intendente
FPV-PJ San Isidro

 

ESCRUTINIO PROVISORIO DEL FPV-PJ SAN ISIDRO LISTA 2: 97% de mesas escrutadas

LISTA 2 SANTIAGO CAFIERO: 19057   50,46%

LISTA 4 SEBASTIAN GALMARINI: 12147     32,16%

LISTA 5 HUGO AZERRAT: 5153   13,64%

LISTA 678 CHENY RODRIGUEZ: 1407   3,72%

TOTAL PROVISORIO: 37764   20,86%

 (Fuente: http://santiagocafiero2011.com/ )

 

miércoles, 10 de agosto de 2011

ELECCIONES PRIMARIAS - INFORMACIÓN

1. ¿Qué son las Elecciones Primarias?

Por primera vez en la historia argentina, el próximo 14 de agosto se celebrarán elecciones primarias.

Las elecciones primarias son un método de selección de candidaturas para cargos públicos electivos nacionales y de habilitación de partidos y alianzas para competir por tales cargos.

Es decir, una o más listas de precandidatos de un mismo partido o alianza compiten entre sí, para conformar la candidatura con la que una agrupación política determinada podrá presentarse en las elecciones nacionales, siempre que haya obtenido entre todas sus listas de precandidatos un umbral de apoyo mínimo equivalente al 1,5% de los votos válidos en el distrito y para la categoría de cargo en la que pretenda competir en los comicios nacionales.  

2. Qué se vota en las elecciones primarias?
 
En las elecciones primarias, los ciudadanos votarán listas de precandidatos para los siguientes cargos electivos nacionales:

Cargos Electivos Nacionales, Elecciones 2011

Presidente y Vicepresidente de la Nación, en todo el país.
130 Diputados Nacionales, en todas las provincias y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
24 Senadores Nacionales, en las provincias de Buenos Aires, Formosa, Jujuy, La Rioja, Misiones, San Juan, San Luis y Santa Cruz.  

3. ¿Quiénes votan en las elecciones primarias?

 Todos los ciudadanos argentinos - nativos, por opción o naturalizados - que tengan 18 años o más a la fecha de la elección nacional, tienen el derecho y el deber cívico de votar en las elecciones primarias.

Esto significa que quienes tengan 17 años, pero cumplan los 18 antes o el mismo 23 de octubre, también serán incluidos en el padrón y deberán votar en las primarias.

 4. Las elecciones primarias ¿son obligatorias para quienes no están afiliados a ningún partido político?
Si participé de la elección interna del partido político al que me encuentro afiliado, ¿debo votar también en las elecciones primarias? 

Sí, las elecciones primarias son de carácter obligatorio para todos los ciudadanos que tengan 18 años o más al 23 de octubre, se encuentren o no afiliados a algún partido político.

En las primarias, la selección de candidatos no queda reservada exclusivamente a las preferencias de quienes estén afiliados a un partido político en particular, sino que se amplía a las de todos los ciudadanos inscriptos en el padrón electoral nacional.

La inasistencia al sufragio debe justificarse, en caso de enfermedad, causas de fuerza mayor o distancia geográfica, dentro de los sesenta días de celebrarse la elección, presentando los correspondientes certificados ante la Justicia Electoral con competencia electoral de su distrito.

 5. ¿Quiénes pueden presentar precandidaturas en las elecciones primarias? 

Las agrupaciones políticas -esto es, partidos políticos, alianzas y confederaciones de partidos- son las únicas instituciones habilitadas para postular precandidaturas en las elecciones primarias.

Las precandidaturas deben contar con el aval de un número determinado de afilados a la agrupación política por la que pretendan presentarse. Este número varía de acuerdo a la categoría de cargo a la que se pretenda presentar precandidatura y se determina en función de un porcentaje del padrón de afiliados o del padrón del distrito, aplicándose el que sea menor.

Así, para postular precandidatos a senadores y diputados nacionales en elecciones primarias, cada precandidatura deberá estar avalada por un número de afiliados no menor al 2‰ del total del padrón del distrito o del 2% del número de afiliados de la agrupación política, el que sea menor.

En tanto, en el caso de las precandidaturas a presidente y vicepresidente de la Nación, el aval mínimo de afiliados requerido es igual al 1‰ de los inscritos en el padrón general, domiciliados en al menos 5 distritos, o al 1% del padrón de afiliados a la agrupación política de 5 distritos a su elección, en los que tenga reconocimiento vigente, el que sea menor.

6. Las agrupaciones políticas que postulen una única lista, ¿también deben presentarse en las elecciones primarias?  

Sí. Las elecciones primarias son obligatorias para todas las agrupaciones políticas que pretendan competir en las elecciones nacionales, aún para aquellas que postulen una única lista de precandidatos, dado que son el único método habilitante para la selección de candidaturas y de agrupaciones que se presentarán en las elecciones nacionales.

Las agrupaciones políticas deciden quiénes serán sus precandidatos, pero son los ciudadanos a través de su voto quienes deciden entre los mismos.

De esta manera se impide que los precandidatos que sean derrotados en una elección primaria, compitan en la elección nacional, y se evita la proliferación de listas electorales que carecen de representación efectiva en la sociedad. Por eso, la participación no sólo de afiliados sino de la ciudadanía en general, generará que los candidatos seleccionados tengan mayor legitimidad social.  

7. ¿Quiénes pueden ser precandidatos en las elecciones primarias? 

La designación de los precandidatos es una atribución exclusiva de las agrupaciones políticas, a quienes en consecuencia les corresponde determinar los requisitos exigidos para ser precandidato por las mismas -pudiendo incluso postular a extrapartidarios-, debiendo respetar lo establecido en sus cartas orgánicas y en la normativa electoral vigente

No obstante la capacidad de las agrupaciones políticas para determinar requisitos a exigir a sus precandidatos, la normativa nacional prohíbe la postulación de precandidatos en las elecciones primarias a:

Personas con auto de procesamiento o condena por delitos de lesa humanidad y violaciones a los derechos humanos.
Personas que desempeñen cargos directivos o fuesen apoderados de empresas concesionarias de servicios y obras públicas de la Nación, provincias, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, municipalidades o entidades autárquicas o descentralizadas o de empresas que exploten juegos de azar.

Cabe aclarar que continúan vigentes las demás exclusiones enumeradas en el artículo 33 de la Ley Nº 23.298 Orgánica de los Partidos Políticos.
 
8. ¿Cuándo y dónde se vota en las elecciones primarias?
¿Cuándo y dónde puedo consultar si estoy inscripto correctamente en el padrón electoral nacional?  

Las elecciones primarias se realizarán en todo el país el próximo 14 de agosto, entre las 8 a 18 horas.

En las primarias y en las nacionales se votará en el mismo lugar, pero como las mesas electorales serán mixtas es muy probable que haya cambiado el lugar de votación respecto de la elección del 2009.

Por ello, se aconseja verificar el lugar de votación a partir del 30 de julio.

Los padrones provisorios y los definitivos podrán consultarse:

Por internet: http//www.padron.gob.ar
Telefónicamente, llamando al 0800-999 PADRON (7237)
Enviando un mensaje de texto (SMS) al 64646, ingresando la palabra "voto" (espacio) y el número de DNI seguido de la letra "M" si el elector es masculino o “F” si es femenino. , según el sexo del elector

9. ¿Con qué documento se vota en las elecciones primarias? 

Los documentos cívicos habilitantes para votar son los siguientes:

Documento Nacional de Identidad (DNI Libreta tapa verde o celeste).
Libreta Cívica. (LC)
Liberta de Enrolamiento. (LE)

El Nuevo DNI en formato tarjeta NO es documento habilitante para votar.

PARA VOTAR, ES NECESARIO PRESENTAR EL DOCUMENTO CÍVICO QUE FIGURA EN EL PADRÓN O UNA VERSIÓN POSTERIOR. Por ejemplo:

si en el padrón figura LE y el elector se presenta con su DNI.
si figura con el DNI original y se presenta con el DNI duplicado.
si se presenta con un DNI "ejemplar B" y figura con un DNI "ejemplar A".

Quienes se presenten a votar con un documento con una versión anterior al que figura en el padrón no podrán votar. Por ejemplo:

si en el padrón figura DNI y el elector se presenta con su LE.
si figura con el DNI duplicado y se presenta con el DNI original.
si se presenta con un DNI "ejemplar A" y figura con un DNI "ejemplar B".

 10. ¿Cómo se vota en las Primarias? ¿Cómo podré identificar las boletas de mi preferencia?


Se vota como en las elecciones que ya conocemos, presentando el documento e ingresando al cuarto oscuro.

En el cuarto oscuro encontraremos boletas de distintos colores, cada uno de ellos corresponderá a un partido o alianza diferente. Asimismo, las boletas contendrán las fotografías de los precandidatos, para que cada elector pueda identificar mejor la boleta de su preferencia.
En caso que una agrupación política presente varias listas de precandidatos, las boletas serán del mismo color y denominación, pero se podrán distinguir por la letra que sigue al número de lista, y por los nombres y las fotografías de los precandidatos.

Como sucedía tradicionalmente, las boletas tendrán distintos cuerpos de acuerdo a las categorías electivas para las cuales el partido o alianza presente precandidaturas. El elector sólo podrá votar por una precandidatura o lista de precandidatos de su preferencia para cada una de las categorías.

Podrá votar una boleta completa o cortar boleta por categoría de cargos, tanto entre listas internas de un mismo partido como de partidos diferentes.


Lo que NO debe hacer es elegir más de una opción para una misma categoría, ya que su voto será computado nulo.

Luego de votar, el presidente de mesa sellará y firmará el documento del elector y se lo devolverá.

 11. Al emitir mi voto, ¿tengo que elegir obligatoriamente la misma boleta para toda las categorías de cargos?  

No. En las elecciones primarias, cada elector podrá optar entre distintas listas de una misma agrupación política o de diferentes partidos políticos y alianzas, pero deberá emitir un sólo voto por cada categoría de cargos a elegir: Presidente y Vicepresidente de la Nación, Senadores (en las provincias en las que corresponda) y Diputados Nacionales.

 12. ¿Por qué es importante votar en las elecciones primarias? 

La implementación de las primarias constituye una modificación fundamental en el modo en el que se seleccionan las candidaturas para los cargos públicos electivos. El voto de todos los ciudadanos otorga una mayor democratización al interior de los partidos y eleva el nivel de legitimación de las candidaturas.

Además, se fortalece a los partidos políticos como herramientas de participación popular en los asuntos públicos, contribuyendo a una competencia política más estable. Permite a los ciudadanos conocer sus programas de gobierno, emitir un voto informado y controlar más adecuadamente el desempeño de sus representantes.

Con las elecciones primarias, los partidos políticos y los ciudadanos vuelven a adquirir centralidad en la decisión de todas las etapas del proceso electoral.  

13. ¿Cómo se proclaman las candidaturas? 

Los candidatos que resulten electos en las elecciones primarias serán proclamados por la Junta Electoral partidaria o de alianza, según corresponda.

La elección de los candidatos a presidente y vicepresidente de la Nación de cada agrupación se hará mediante fórmula, en forma directa y a simple pluralidad de sufragios. En tanto, las candidaturas a senadores se elegirán por lista completa a simple pluralidad de votos. En la elección de diputados nacionales, para integrar la lista definitiva, cada agrupación política aplicará el sistema de distribución de cargos que establezca cada carta orgánica partidaria o el reglamento de la alianza partidaria.

Los Juzgados Federales con Competencia Electoral de cada distrito efectuarán el escrutinio definitivo de las elecciones primarias de las agrupaciones políticas de su distrito, y comunicarán los resultados:

-En el caso de la categoría presidente y vicepresidente de la Nación, a la Cámara Nacional Electoral, la que procederá a hacer la sumatoria de los votos obtenidos en todo el territorio nacional por los precandidatos de cada una de las agrupaciones políticas, notificándolos a las Juntas Electorales de las agrupaciones políticas nacionales.

-En el caso de las categorías senadores y diputados nacionales, a las Juntas Electorales de las respectivas agrupaciones políticas, para que conformen la lista ganadora.

Las Juntas Electorales de las agrupaciones políticas, notificadas de acuerdo a lo establecido precedentemente, efectuarán la proclamación de los candidatos electos, y la notificarán:


-En el caso de la categoría presidente y vicepresidente de la Nación, al Juzgado Federal con Competencia Electoral de la Capital Federal, y

-En el caso de las categorías senadores y diputados nacionales, a los Juzgados Federales con Competencia Electoral de los respectivos distritos.

Los Juzgados Federales con Competencia Electoral tomarán razón de los candidatos así proclamados, a nombre de la agrupación política y por la categoría en la cual fueron electos.

Hay que recordar que únicamente estarán habilitadas para participar en elecciones nacionales, las agrupaciones políticas que para la elección de senadores y diputados de la Nación hayan obtenido como mínimo un total de votos -considerando los de todas sus listas internas- igual o superior al 1,5% de los votos válidamente emitidos en el distrito de que se trate para la respectiva categoría. En tanto, para la categoría de Presidente y Vicepresidente se entenderá el 1,5% de los votos válidamente emitidos en todo el territorio nacional.

A su vez, cada agrupación política -que haya alcanzado en las elecciones primarias el uno y medio por ciento (1,5%) de los votos válidamente emitidos en el distrito de que se trate-, podrá presentar una sola lista por categoría, no admitiéndose la coexistencia de listas (aunque sean idénticas) entre las alianzas y los partidos que las integran.  

14. ¿Dónde puedo informarme más sobre las elecciones primarias? 

Para obtener más información o evacuar tus inquietudes sobre las elecciones primarias, podés consultar:

Telefónicamente, llamando a:
(011) 4346-1841
(011) 4346-1842
Enviando un correo electrónico a:
elecciones@mininterior.gov.ar
Por correo postal a:
25 de Mayo 101, 3º Piso
C1002ABC - Ciudad Autónoma de Buenos Aires  
ACORDATE LAS ELECCIONES SON:
OBLIGATORIAS: Son OBLIGATORIAS para todos los ciudadanos que tengan 18 años o más a la fecha de la elección general y para todos los partido y alianzas que pretendan competir en las elecciones nacionales, aún para aquellos que presente una única lista de pre-candidatos.
ABIERTAS: Son ABIERTAS, ya que todos los ciudadanos participan de la selección de candidatos, sean o no afiliados a un partido político.
SIMULTÁNEAS: Son SIMULTÁNEAS, ya que se celebran el 14 de Agosto en todo el país y en un mismo acto electoral, el voto de toda la ciudadanía determina todas las candidaturas a cargos electivos nacionales.